Guía práctica

Convenio de prácticas en empresa farmacéutica: cómo funciona

Un convenio de prácticas en una empresa farmacéutica es un acuerdo entre la universidad y la compañía, distinto de un contrato laboral. Aquí está su base legal, si se cobra y qué universidades y empresas lo ofrecen en España.

Act. 30·09·2026 10 min de lectura
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En resumen

El convenio de prácticas en cuatro puntos

  1. Un convenio de prácticas académicas externas se regula por el Real Decreto 592/2014, distinto del contrato en prácticas del artículo 11 del Estatuto de los Trabajadores.
  2. No es un contrato laboral, pero desde 2019 el alumno sí se da de alta en la Seguridad Social, esté o no remunerada la práctica, aunque sin derecho a paro.
  3. Universidades como la Complutense o la de Valencia tienen convenios propios con empresas farmacéuticas para prácticas de Farmacia.
  4. Compañías como Almirall, junto con universidades como IQS, y Grifols, con la Universidad Internacional Menéndez Pelayo, ofrecen prácticas reales en planta o laboratorio.

Antes de firmar cualquier convenio de prácticas en una empresa farmacéutica conviene saber qué es exactamente: no es un contrato de trabajo, y eso cambia lo que se cobra, lo que se cotiza y qué pasa si algo sale mal durante las prácticas. Esta guía explica la base legal artículo por artículo, si se cobra, si se cotiza a la Seguridad Social, qué seguro cubre al alumno, y qué universidades y empresas reales lo ofrecen hoy en España. Forma parte de la guía de empresas farmacéuticas.

§ 01

¿Qué es un convenio de prácticas en una empresa farmacéutica?

Es un acuerdo entre la universidad y la empresa que regula las prácticas académicas externas del Real Decreto 592/2014, distinto de un contrato laboral.

«Un acuerdo entre universidad y empresa, no un contrato laboral.»

El Real Decreto 592/2014, de 11 de julio, regula las prácticas académicas externas de los estudiantes universitarios, curriculares o extracurriculares. Es distinto del contrato en prácticas que regula el artículo 11 del Estatuto de los Trabajadores, que sí es una relación laboral propiamente dicha y que se firma después de terminar los estudios, no durante ellos. El artículo 2.3 de la norma es explícito en este punto: de las prácticas académicas externas no se derivan, en ningún caso, obligaciones propias de una relación laboral, ni para el estudiante ni para la empresa. Esa distinción legal tan precisa es la que hace posible que una compañía acoja alumnos en formación real sin contratarlos formalmente como empleados, y la que explica por qué el alumno no tiene, por ejemplo, derecho a vacaciones retribuidas ni a indemnización si el convenio termina antes de lo previsto: no hay despido posible, porque nunca hubo en realidad un contrato de trabajo que despedir en primer lugar.

Convenio de prácticas (RD 592/2014)Contrato en prácticas (art. 11 ET)
Relación laboralNoSí
Cuándo se firmaDurante los estudiosTras terminar los estudios o el título
Compensación económicaOpcional, según convenioSalario, según convenio colectivo
Alta en la Seguridad SocialSí, desde 2019, sin derecho a paroSí, con derecho a paro
Vacaciones retribuidasNoSí
Diferencias entre el convenio de prácticas académicas y el contrato en prácticas laboral.

¿Cotiza el alumno a la Seguridad Social durante las prácticas?

Sí, desde el curso 2019-2020: el Real Decreto-ley 28/2018 obliga a dar de alta al alumno en la Seguridad Social durante toda práctica académica externa, esté o no remunerada, aunque sin derecho a prestación por desempleo. Antes de esta norma, un alumno en unas prácticas no remuneradas podía quedar fuera de cualquier cobertura de la Seguridad Social si sufría un accidente durante las prácticas, y dependía por completo de que el convenio incluyera un seguro privado suficiente, algo que no todos los convenios garantizaban con el mismo nivel de cobertura. La disposición adicional quinta del Real Decreto-ley 28/2018, de finales de diciembre, corrigió esa laguna legal: desde entonces, toda práctica académica externa, curricular o extracurricular, remunerada o no, da lugar de oficio a un alta en el régimen general de la Seguridad Social, con las mismas reglas de cotización que un contrato de formación. Quedan fuera de esa cotización obligatoria el desempleo, el Fondo de Garantía Salarial y la formación profesional, así que el alumno cotiza por contingencias comunes y profesionales, pero no genera derecho a paro cuando termina el periodo de prácticas, igual que tampoco lo genera un alumno con un contrato de formación y aprendizaje ordinario fuera del ámbito académico.

§ 02

¿Se cobra por las prácticas en una empresa farmacéutica?

Depende del convenio: algunas universidades y empresas ofrecen una compensación económica o una beca, y otras no, porque el artículo 7 del RD 592/2014 deja la compensación como opcional («en su caso»).

«Depende del convenio: el artículo 7 deja la compensación como opcional.»

La Universitat de València, por ejemplo, gestiona prácticas extracurriculares de Farmacia por convenio, sin un mínimo de horas fijado, remuneradas o no según lo que pacte cada empresa. La Universidad Complutense tiene, por su parte, una optativa de 6 créditos ECTS en empresa o laboratorio, que sí forma parte del expediente académico al ser una asignatura reglada del plan de estudios, con las horas de prácticas ya incluidas en su carga docente oficial.

Cuando hay compensación económica, esta no se llama «salario» en sentido estricto, aunque coloquialmente se hable de «cobrar»: es una ayuda al estudio, y esa diferencia de nombre tiene consecuencias fiscales y de cotización distintas de las de un sueldo. El importe, cuando existe, lo fija libremente cada convenio, sin una tabla salarial de referencia como la que sí existe para un contrato laboral bajo convenio colectivo, lo que explica por qué la cuantía puede variar mucho de una empresa a otra para un puesto de prácticas aparentemente similar, incluso dentro del mismo sector, la misma ciudad y el mismo curso académico.

§ 03

¿Qué empresas y universidades ofrecen convenios de prácticas?

Almirall tiene un convenio con IQS para prácticas de Tecnología Farmacéutica en su planta de Sant Feliu de Llobregat; Grifols tiene un convenio con la Universidad Internacional Menéndez Pelayo para estudiantes de posgrado; la Complutense y la Universitat de València gestionan convenios propios con empresas del sector.

«Almirall con IQS, Grifols con la UIMP, y convenios propios de la Complutense y la Universitat de València.»

El convenio entre Diagnostic Grifols y la Universidad Internacional Menéndez Pelayo, firmado formalmente el 22 de junio de 2026 y publicado ya de forma oficial el 2 de julio de ese mismo año, es un ejemplo bastante completo y reciente de cómo se estructura un acuerdo de este tipo en la práctica: cubre tres modalidades (prácticas curriculares, extracurriculares voluntarias y trabajos fin de máster con alcance definido), fija un tutor en la empresa y otro en la universidad para cada alumno, limita las prácticas extracurriculares a no más del 50 % de un curso académico, y tiene una duración de cuatro años, prorrogable una sola vez por otros cuatro, es decir, hasta ocho años de vigencia en total si ambas partes deciden renovarlo. Cada alumno concreto necesita, además, un anexo de formalización propio firmado por las tres partes (universidad, empresa y alumno), no basta con que exista el convenio marco: ese anexo es el que fija, para cada estudiante en concreto, las fechas exactas, el horario, el tutor asignado en cada lado y si hay compensación económica en su caso particular, dentro de los márgenes que ya fija el convenio marco entre la universidad y la empresa.

Cada convenio fija sus propias condiciones: duración, horario y si hay compensación económica. No hay un modelo único en todo el sector farmacéutico, así que conviene leer el convenio concreto antes de firmar nada, no dar nunca por hecho las condiciones de otro convenio distinto, aunque sea de la misma universidad exacta o de una empresa parecida del mismo sector.

§ 04

¿Qué derechos tiene el alumno en prácticas?

Derecho a un tutor en la empresa y otro en la universidad, a un informe final de la empresa, a un seguro de accidentes y responsabilidad civil, y a que las prácticas cuenten para su expediente si son curriculares, según el RD 592/2014.

«Tutor en la empresa y en la universidad, informe final y seguro de accidentes.»

Si las prácticas son extracurriculares, no cuentan directamente para el expediente académico, pero sí se pueden incluir en el suplemento europeo al título, y su duración no puede superar, con carácter preferente, el 50 % del curso académico, según el artículo 5 del RD 592/2014: el mismo límite exacto que fija, para su propio convenio particular, el acuerdo entre Grifols y la UIMP citado más arriba, lo que confirma que no es una cláusula inventada por esa universidad sino la aplicación directa de la norma general. El artículo 7 exige además que el convenio de cooperación educativa recoja el régimen de suscripción de un seguro de accidentes y de responsabilidad civil, o una garantía financiera equivalente, antes de que el alumno empiece las prácticas: no es un detalle menor ni secundario, es un requisito legal que el convenio tiene que cubrir por ley, nunca una simple cortesía voluntaria de la empresa. Sin ese seguro en regla, el convenio no cumple los requisitos mínimos que marca la norma, con independencia de que exista o no compensación económica: es un punto muy concreto que conviene comprobar por escrito antes de empezar las prácticas, no después de que ocurra un accidente en el laboratorio o en la planta. El detalle de cómo encontrar y buscar estas oportunidades está en cómo encontrar empleo en la industria farmacéutica.

¿Es lo mismo una beca que un convenio de prácticas?

No exactamente: «beca» es el nombre coloquial que se usa a veces para la compensación económica del convenio, pero la relación jurídica que regula la práctica es siempre el convenio de cooperación educativa del RD 592/2014, tenga o no compensación. Esta confusión de vocabulario tan habitual tiene consecuencias prácticas bastante reales: quien busca «becas en empresas farmacéuticas» está buscando, casi siempre, un convenio de prácticas con compensación económica, no una beca de estudios en sentido estricto (una ayuda pública o privada para pagar la matrícula, el material o el alojamiento durante la carrera, sin relación directa con una empresa). Las ofertas de empleo que usan la palabra «becario» o «becaria» para un puesto en una compañía farmacéutica se refieren, en la inmensa mayoría de los casos, a esta figura del convenio de prácticas, no a una beca de estudios propiamente dicha, aunque el anuncio no mencione en ningún momento el RD 592/2014 ni el convenio de cooperación educativa que lo sostiene por detrás. Conviene tenerlo claro antes de leer una oferta, porque el término «beca» que usa una compañía en su oferta de empleo no cambia el régimen legal aplicable: sigue siendo un convenio de prácticas académicas, con sus mismas reglas de duración, seguro y alta en la Seguridad Social, lo llame como lo llame el anuncio.

¿Cómo se encuentra un convenio de prácticas en una empresa farmacéutica?

A través del servicio de prácticas o de empleo de la propia facultad, que gestiona los convenios ya firmados con empresas, o directamente en el portal de empleo de la compañía, si ya tiene un convenio marco con la universidad del alumno. La vía más habitual, y con diferencia la más segura desde el punto de vista legal, es siempre a través del servicio de prácticas o de la secretaría de la propia facultad: ese servicio conoce qué convenios están ya firmados con qué empresas, qué plazas hay disponibles cada curso, qué requisitos pide cada una y quién es el interlocutor en la empresa si algo no va según lo previsto. Muchas facultades de Farmacia publican cada curso académico un listado actualizado de empresas, farmacias y servicios hospitalarios con convenio activo, como hacen la Universitat de València o la Universidad de Salamanca para sus prácticas tuteladas de grado. Aplicar directamente al portal de empleo de una compañía, sin pasar por la universidad, puede acabar en un puesto real pero sin la cobertura de un convenio de prácticas académicas si la universidad y la empresa no tienen ya un acuerdo firmado: en ese caso, lo que se ofrece puede ser un contrato en prácticas del artículo 11 del Estatuto de los Trabajadores, ya con relación laboral y sus propias condiciones, o directamente un puesto junior sin ninguna de las dos figuras, sujeto a las reglas ordinarias de cualquier contrato de trabajo. Antes de aceptar una oferta que use la palabra «prácticas», conviene preguntar explícitamente bajo qué figura legal se firma, si hay convenio de cooperación educativa ya firmado con la universidad, y quién asume el tutor y el seguro que exige el RD 592/2014, porque ninguno de esos tres elementos concretos es opcional en un convenio bien formalizado por escrito.

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Las publicamos cada semana en la bolsa de prácticas. Estas son las últimas de Empresas Farmacéuticas.

«Prácticas y primeros puestos de Empresas Farmacéuticas, cada semana.»

Ofertas de prácticas y empleo junior · actualizada el 19 de septiembre de 2026
Puesto Empresa Área Ubicación
International Mobility Trainee Grifols Recursos Humanos Sant Cugat del Vallès
Trainee Filling Release Grifols Operaciones y Calidad Parets del Vallès
Global Hub Medical Affairs Dermatology Trainee Almirall Medical Affairs Barcelona
Talent Acquisition Intern (International Recruitment) Siegfried Recursos Humanos El Masnou

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Preguntas frecuentes sobre el convenio de prácticas en empresa farmacéutica

  1. ¿Qué es un convenio de prácticas en empresa farmacéutica?

    Un acuerdo entre la universidad y la empresa que regula las prácticas académicas externas, según el Real Decreto 592/2014, distinto de un contrato laboral.

  2. ¿Se cobra por las prácticas en una farmacéutica?

    Depende del convenio. El artículo 7 del RD 592/2014 deja la compensación económica como opcional («en su caso»); algunas empresas la ofrecen y otras no.

  3. ¿Qué diferencia hay entre prácticas curriculares y extracurriculares?

    Las curriculares forman parte del plan de estudios y cuentan en el expediente. Las extracurriculares son voluntarias y no cuentan directamente, aunque pueden constar en el suplemento europeo al título.

  4. ¿Qué universidades tienen convenios con empresas farmacéuticas?

    Entre otras, la Universidad Complutense y la Universitat de València, con convenios propios para prácticas de Farmacia en empresas del sector.

  5. ¿Qué empresas farmacéuticas ofrecen prácticas en planta?

    Almirall, por ejemplo, tiene un convenio con IQS para prácticas de Tecnología Farmacéutica en su planta de Sant Feliu de Llobregat.

  6. ¿Es lo mismo un convenio de prácticas que un contrato en prácticas?

    No. El convenio de prácticas académicas (RD 592/2014) no es una relación laboral. El contrato en prácticas del artículo 11 del Estatuto de los Trabajadores sí lo es, y se firma tras terminar los estudios.

  7. ¿Se cotiza a la Seguridad Social en unas prácticas no remuneradas?

    Sí, desde el curso 2019-2020. El Real Decreto-ley 28/2018 obliga al alta en la Seguridad Social en toda práctica académica externa, remunerada o no, aunque sin derecho a prestación por desempleo.

  8. ¿Qué convenio tiene Grifols con universidades para prácticas?

    Un convenio con la Universidad Internacional Menéndez Pelayo para estudiantes de posgrado, firmado en junio de 2026, con tutor en la empresa y en la universidad y una duración de cuatro años.

  9. ¿Es lo mismo una «beca» que un convenio de prácticas?

    «Beca» suele ser el nombre coloquial de la compensación económica, pero la relación jurídica sigue siendo el convenio de prácticas académicas del RD 592/2014, la llame como la llame el anuncio.

  10. ¿Cómo se encuentra un convenio de prácticas en una farmacéutica?

    A través del servicio de prácticas de la propia facultad, que gestiona los convenios ya firmados, o en el portal de empleo de la empresa si ya existe un acuerdo con la universidad del alumno.

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